| ACTIVO |
Conjunto de bienes y derechos de una persona o empresa. Son los recursos económicos de un ente
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| ACTUARIO |
experto actuarial. Persona especializada en cálculos matemáticos y en los conocimientos estádísticos y financieros. Persona que elabora tarifas de seguros.
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| AGENCIA DE SEGUROS |
persona de existencia ideal o jurídica cuya actividad principal es la intermediación existente en los contratos de seguros, entre una empresa aseguradora y los potenciasles tomadores de seguros, percibiendo una comisión como retribución por la tarea realizada.
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| AGENTE DE SEGUROS |
persona que se dedica a gestionar solicitudes y a colocar seguros para un asegurador con le que tiene relación contractual. ES decir, un intermediario entre asegurador y asegurado.
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| AGRAVACIÓN DE UN RIESGO |
aumento de la posibilidad o intensidad de riesgo y puede ser provacado por el mismo asegurado o por un tercero. El riesgo puede alterarse en forma directa por una acción que lo agrave o bien por una omisión. El asegurado debe denunciar al asegurador las agravaciones causadas por un hecho suyo, antes de que se produzcan; ylas debidas a un hecho ajeno, inmediatamente después de conocerlas. La agración de un riesgo asumido, es la que de existir en el tiempo de la celebración, a juicio de péritos, hubiera mpedido este contrato o modificado sus condiciones.
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| ASEGURADO |
persona que contrata con el asegurador, comprometiéndose a pagar ciertas cantidades a cambio de la prestación que recibirá en el caso de que se produzca el acontecimiento que constituye el riesgo.
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| ASEGURADOR |
empresa cuyo objeto es la explotación de los seguros y que asume la acumulación de una masa de riesgos, para la realización de hipótesis estadística que la funda y la formación de un fondo de primas que permita afrontar las obligaciones asumidas. En un sentido más acotado y restringido son todos los entes autorizados para operar, de acuerdo con las normas legales vigentes de cada estado.
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| ASEGURAR |
contratar una empresa de seguros par que ésta asuma la pérdida financiera y obligación contingente del riesgo.
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| AUTOSEGURO |
cuando una persona física o jurídica asume con su propio patrimonio y mediante la constitución de una previsión o reserva la probabilidad de sucesos aleatorios.
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| AVERÍA |
términoi que se utiliza en el derecho marítimo y que es sinónimo de siniestro.
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| AVERÍA COMÚN |
ver AVERÍA GRUESA
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| AVERÍA GRUESA |
daño o gasto causado deliberadamente en el buque o cargamento, para salvarlo o para preservar otros buques, pagadero por cuantos tienen interés en el salvamento que se ha procurado. Avería Común.
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| AVERÍA PARTICULAR |
todo daño o gasto que no afecta a todos los intereses en el riesgo o cargamento. Avería simple.
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| BASES TÉCNICAS DEL SEGURO |
cálculos matemáticos, actuariales, y estadísticos que utilizan las empresas aseguradoras para determinar las primas de seguros, los reaseguros, reservas matemáticas, etcétera.
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| BENCHMARKING |
búsqueda de mejores prácticas de gestión mediante un procedimiento continuo y sistemático para la evaluación de productos, servicios y proceso de trabajo petenecientes a organizaciones reconocidas como líderes. Seguimiento de la evolución de un mercado o el rendimiento de una cartera teniendo como referencia un índice o título.
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